Jugando a los barquitos!
En el ultimo articulo, mencionamos la triste noticia de “Ocean Glory I”, una nave de 50 años, abanderada en Panamá a través del Consulado de Génova, y que fue detenida en Inglaterra el 3 de Julio, debido a su estado deplorable.
Esta nave era griega antes de ser abanderada en Panamá, y en los círculos marítimos de Londres y de Grecia se comenta como un “secreto a voces” que la nave tenia hipotecas inscritas en el registro griego, incluso tenia deudas, lo que se conoce como “Maritime Liens”.
Pues bien, si esto fuera cierto, la nave aunque esté abanderada en Panamá, pareciera que todavía no ha sido cancelada del registro griego, además su titulo de propiedad hasta hace poco no estaba todavía inscrito en el registro publico de Panamá. Para los que no entienden de la materia, se preguntarán pero sí una nave es panameña ¿Cómo que no lo es?, y ¿Cómo que siendo panameña continua siendo griega?, ¿Cómo es que estando en el registro griego, se transfiere al de Panamá y los griegos no impiden nada?. Y obviamente, una vez que el “trepa que sube” con la detención de la nave en puerto ingles se arma, ¿Cómo es que ni el gobierno griego dice “Un momento! Ese barco es griego!” ni el acreedor hipotecario salta como un lince a reclamar lo que es suyo?. No crean, yo también lo he pensado. Pero todo tiene su explicación.
Lo principal es entender que la práctica de cómo se actúa en la vida real, no tiene ni comparación con lo que dicen los libros ni con lo que se aprende en las aulas. Las relaciones y transacciones comerciales no pueden tener ataques de “polio”, porque un registro determinado o un procedimiento determinado tome demasiado tiempo para realizarse. Barco parado no gana flete. De esa premisa, los armadores, bancos financieros, abogados maritimistas y empresas marítimas se regulan por una ley vigente y “no escrita” y por un código de conducta.
Hay muchas formas de abanderar, y obviamente, muchas situaciones. Por ejemplo el armador que adquiere su nave, a través de un contrato de compra-venta, adquiere su titulo de propiedad y con ese documento, viene al registro Panameño, y solicita su abanderamiento.
Hay otras veces que la nave no es vendida, sino que el armador la tiene inscrita en la marina mercante de un país y decide traspasar la nave a la bandera panameña, por lo tanto ahí no es factible que el documento que soporte su solicitud de abanderamiento sea un contrato de venta, sino que se le exige que el estado bandera donde la nave se encuentra abanderada expida un certificado mostrando el propietario de la nave y así mismo si la nave tiene alguna hipoteca, además de exigir el consentimiento de que la nave puede ser traspasada a la bandera de Panamá. Es muy raro , que en esos casos se expida un certificado de cancelación del registro. Las cosas no son tan rápidas, aunque es asombroso como la velocidad de compra venta y de abanderamientos de naves y de hipotecas y cancelación de hipoteca se desarrollan en horas. Sin embargo, cancelar una nave de un registro puede llevar más tiempo, por ejemplo en nuestro país puede tomar de 30 a 40 días.
Otra forma de abanderar una nave es, sí la nave se vende y el comprador decide mantenerla bajo la bandera panameña, entonces sólo se necesita que los abogados panameños soliciten a la Dirección de Marina Mercante el cambio de propietario y éste se expide de forma rutinaria. Obviamente es necesario mostrar pruebas del status de la nave, y sí está libre de gravámenes o no.
Sí la nave está hipotecada, es usual que dicha hipoteca no sea cancelada sino hasta llegar a la mesa de negociación cuando se hace el cierre de la operación y la nave cambia de manos, y por lo tanto es potestad del cónsul revisar y asegurarse que la cancelación de la hipoteca existente se efectúa, y que el nuevo titulo de propiedad se inscribe, para así ofrecer la máxima garantía al nuevo armador de que ni el vendedor o ningún acreedor va a inscribir una nueva hipoteca a nombre del vendedor, una vez la nave está en posesión del nuevo propietario.
Así pues, el lector ya va teniendo una idea del procedimiento habitual de abanderamiento y debe también saber que el titulo de propiedad que se inscribe en el registro público, puede hacerse en forma provisional desde cualquier consulado y al momento que entra el barco en la bandera, o también puede inscribirse posteriormente.
Hay armadores e incluso se ha dado el caso de abogados que desean ganarse ellos B/. 750.00 que cuesta inscribir un titulo de propiedad a través de un consulado (DG75) , y aconsejan a los armadores que la inscripción preliminar no se lleve a cabo, y al hacerlo directamente en Panamá, ponen en peligro los derechos del armador, ya que al no haber titulo inscrito, ante terceros esa nave ni es panameña, ni es propiedad de ellos. Sino que todo derecho rebota a la bandera anterior y bajo el propietario que allí la tenga inscrita.
Es indispensable enfatizar que cuando una nave se abandera provisionalmente en Panamá, sólo le da derecho a enarbolar el pabellón panameño, sin necesidad de formalizar cualquier tipo de trámite ante el registro público, pero que en caso de conflicto o disputa legal, la nave NO será panameña, seguirá siendo ante terceros y dentro del marco legal, completamente afín a la bandera y propietario anterior.
De esto podemos llegar a la conclusión, de que si la nave tal y como el rumor afirma, está abanderada en Grecia, tiene hipotecas inscritas, y el banco no ha dado su permiso para que sea abanderada en Panamá. Evidentemente esta nave es griega. Y sí esta nave es griega, son las autoridades griegas la que deberían dar la cara y no Panamá.
Pero es que tenemos aquí un arma de doble filo, y es que aunque entre los registros abiertos hay una cooperación y disposición de asistencia en los casos de transferencias de buques, la mayoría de los registros más tradicionales y cerrados son herméticos a la hora de cooperar. Sus procedimientos son lentos y extremadamente complicados, pasando por un sin número de escritorios y despachos donde uno escribe, otro lee, otro corrige, el penúltimo sella y el último firma. Una vez que el documento está listo, vuelve el “vía crucis” a la inversa, para poder entregarlo al interesado muchas lunas después.
Desde hace muchos años y en muchas ocasiones siempre sugerí a mis superiores la necesidad de crear una asociación de “Directores de Registros de Marina Mercante”, sobretodo después del caso de un barco panameño que secuestraron un 24 de Diciembre y donde tenían al superintendente amenazado de muerte, y no había forma de poder obtener acción debido a las fechas navideñas y debido a la diferencia de horarios.
Esa asociación seria vital y fundamental para que los directores se conocieran e intercambiaran canales de comunicación directos para solucionar crisis como la de la nave secuestrada el día de Navidad del 96. En ese caso, Chipre debía de intervenir para salvar la vida de la persona amenazada abordo, y era imposible debido a que era una nave panameña y sin la petición de ayuda del gobierno panameño no se podía hacer nada. Y claro, en ese caso, el capitán estaba en combinación con los “malvados” por eso que no había forma de que la nave y su capitán pidieran auxilio internacional oficialmente.
Sin embargo, acabo de leer en el Lloyd’s List que el registro de las islas Marshall y Vanuatu han firmado un esquema de cooperación de bandera, para lograr una asociación de registros de calidad. Creo que en estos instantes es algo sumamente necesario, sobretodo de cara a la cantidad de obstáculos e incluso de conspiraciones que no solo la Unión Europea, sino otro grupo de países desarrollados están construyendo alrededor del resto de registros.
Obviamente pienso que ni nuestras autoridades, ni los usuarios, ni los abogados marítimos, incluso ni los estudiantes universitarios panameños que aspiran en un futuro a incorporarse en el negocio marítimo desean que nuestro registro decline, ni que se desestabilice, o trabaje dentro de un marco de desconfianza para el usuario.
Es muy importante que se mantenga el liderazgo, que se tomen medidas para no sólo permanecer como la bandera líder, sino también impulsar a nuestro registro hacia nuevos derroteros capaces de impulsar el progreso de la industria y el bienestar de todos.
©©María Dixon/ISM Shipping Solutions Ltd. – 2001
Una versión editada de este articulo fue publicada en la sección de Mundo Marítimo de El Universal, Panamá, 10 de octubre de 2001, con el permiso del autor